La portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, Martina Aneiros Barros, compareció en rueda de prensa para valorar la sentencia del juzgado del contencioso administrativo nº1 de Ferrol que estima que la tasa del 2014 se encuentra en vigor y debe ser aplicada, así como, que la aplicación ha de realizarse con relación al ejercicio del 2014 y sucesivos hasta que se produzca la revisión. Además, estima parcialmente el recurso contencioso administrativo que interpuso Socamex Sau, el socio privado del concello de Ferrol en Emafesa, frente a los acuerdos del pleno del concello de Ferrol del 18 de septiembre de 2015- por el que se suspende la aplicación de la tasa reguladora de depuración de aguas residuales- y el del 26 de noviembre de mismo año que desestimó el recurso de reposición interpuesto por Socamex Sau contra esta suspensión.
“Esta sentencia viene a dar la razón al PP, desde el principio defendimos la ilegalidad de la suspensión y planteamos dudas serias y razonables”. Aneiros Barros recordó que el acuerdo plenario de la suspensión de la tasa solo contó con el voto en contra del Partido Popular, “hoy podemos decir que esa decisión plenaria es ilegal, fue un error y lo demuestra esta sentencia razonada y fundamenta jurídicamente”.
La portavoz insistió en que el acuerdo de suspensión de la tasa del 2014 fue el origen de lo que, posteriormente, llevó a la empresa mixta de aguas, Emafesa, a una situación límite y supuso, prácticamente, su quiebra. El primer responsable de esta situación es, sin duda alguna, Jorge Suárez. “Es la gran mentira de Jorge Suárez: prometió que no cobraría la tasa, luego que la iba a derogar y no la derogó, la suspendió de forma ilegal y ahora la está cobrando. Hoy tendría que pedir perdón por esta gran mentira”.
El cobro de la tasa fue el primer reconocimiento de esa gran mentira- afirmó la popular- y el segundo lo vemos hoy cuando conocemos esta sentencia que revela que no había motivos para suspenderla. El fallo recoge que la tasa aprobada en 2014 es para la cobertura de los costes generados por la explotación del servicio público en su fase inicial, al establecer que su hecho imponible está constituido por la prestación del servicio de recepción obligatoria de recogida y depuración de aguas residuales.
La sentencia dice, además, que no está justificada la inexistencia del hecho imponible. “Jorge Suárez hablaba de la estafa del saneamiento y ahora debería salir para decir que se ha equivocado y pedir perdón, esto es lo que haría un alcalde responsable”, concluyó la portavoz del GMPP, Martina Aneiros.